Identidad, forma y régimen jurídico

Empresa Municipal  Chiclana Natural S. A.

Empresa Municipal, en forma de Sociedad Anónima de capital íntegramente municipal, a través de la cual el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana presta, por el procedimiento de gestión directa, los servicios públicos locales que constituyen su objeto social.

Se rige por las normas legales reguladoras del régimen local, las de carácter mercantil aplicables a la forma social adoptada y por lo establecido en sus Estatutos.

Estatutos de la Sociedad

Datos registrales, fiscales y sociales

  • Fecha Creación Sociedad: 21 de abril de 1987.
  • Datos Registrales: Inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz, Tomo 1454, Libro 0, Folio 1, Sección 8, Hoja CA-8244, Inscripción 9ª en 06-06-2001.
  • CIF: A-11063161.
  • Domicilio Social: Plaza de España S/N, 11130 Chiclana de la Frontera (CÁDIZ).
  • Teléfono: (+34) 956 100 800
  • Fax: (+34) 956 532 200
  • Portal web:www.chiclananatural.com
  • Correo electrónico: atc@chiclananatural.com

Objeto social (Definido en el artículo Segundo de los Estatutos)

La sociedad Chiclana Natural S.A., tiene por objeto:

  • a) El suministro y abastecimiento de agua potable, depuración de aguas residuales y alcantarillado, a la ciudad y término municipal de Chiclana de la Frontera, contando con cuantos recursos, manantiales, instalaciones, red de distribución y concesiones de agua que el Estado tiene otorgadas al Municipio, así como las que en futuro adquiera o pueda otorgársele.
  • b) Las ampliaciones que puedan realizarse, tanto con ayuda del Estado como por medios propios.
  • c) La administración del servicio en todas sus fases.
  • d) La explotación del servicio.
  • e) En general, todo cuanto se relacione con el servicio de suministro de agua, depuración y alcantarillado a la ciudad y su término municipal.
  • f) La conservación, mantenimiento y mejora de zonas verdes, parques y jardines.
  • g) La prestación de servicios de limpieza viaria y otros espacios públicos y de aquellos otros de carácter medioambiental, de competencia municipal.
  • h) La gestión de cobro en vía voluntaria de las tasas que por el Ayuntamiento se encomienden.
  • i) Gestión y explotación de parques públicos de todo tipo (urbanos, periurbanos o cualquiera otros) y de centros, complejos, infraestructuras o instalaciones medioambientales tanto municipales como pertenecientes a otras Administraciones Públicas (y cuya gestión le fuera encomendada a “Chiclana Natural SA”), destinados a la conservación de la naturaleza en sentido amplio, pudiendo dicho fin entenderse referido en sentido estricto a actividades biológicas, acuicultura y pesca, hidrología, ecología, residuos, depuración de aguas, agricultura, ganadería, geotecnia y en general, al uso y gestión de recursos naturales, a la protección de los mismos, y a la enseñanza, investigación, divulgación y visita.- A los efectos citados, se entenderán incluidas dentro de los citados parques y complejos medioambientales, no solo las instalaciones inherentes a la propia naturaleza de los mismos, sino también aquellas otras que sin tener una naturaleza estrictamente medioambiental, los complementen con el fin de ofrecer una oferta o gestión integral. Así, con carácter meramente enunciativo y en modo alguno exhaustivo, pueden citarse como instalaciones complementarias, las de cafetería o restaurante, tienda de artículos de regalo, etc. 
  • j) La gestión integral de los residuos urbanos y su planificación, incluyéndose en estas operaciones la recogida, transporte, aprovechamiento, almacenamiento, tratamiento, valorización, eliminación, vertido y la vigilancia de estas actividades, así como todas las operaciones de recogida selectiva, reutilización, reciclaje. Así también, la gestión de las infraestructuras y medios necesarios para llevar a cabo cuantas operaciones se describen en este párrafo.
  • k) La gestión ambiental de los pinares públicos y playas del término municipal. Especialmente respecto a las playas: la gestión para la preparación de las temporadas de mayor afluencia turística, incluyendo las operaciones de montaje, desmontaje, conservación y mantenimiento y almacenamiento de las instalaciones necesarias, tanto del ciclo integral del agua, como de la gestión integral del medio ambiente en esas zonas.
  • l) La promoción y colaboración en actividades científicas, proyectos de desarrollo y de investigación, la educación ambiental e información y concienciación ciudadana que colaboren en el estudio y preservación del medio ambiente y del ciclo integral del agua, pudiendo participar en entidades con personalidad jurídica propia, aportando medios técnicos y recursos económicos necesarios.

Modificado en Junta General 27 de junio de 2016.

Gestión por componentes ambientales