Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía

(MODIFICA EL DECRETO 178/2021)

Mediante el Decreto-ley 2/2024, de 29 de enero, se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario.

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Bando municipal: Situación excepcional por sequía

La pertinaz sequía que padece la comunidad autónoma, y por ende, nuestra provincia y el municipio de Chiclana, ha provocado la declaración de la zona en situación de “Excepcional sequía” por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. La escasez de reservas de agua conlleva la adopción de medidas para optimizar los mermados recursos de los que en este momento se disponen. 

Ante la necesidad de la implicación del conjunto de la ciudadanía y de este ayuntamiento para garantizar la disponibilidad de este servicio básico y esencial con la mínima afección a la calidad del servicio, se han aprobado una serie de medidas de obligado cumplimiento para los municipios del Consorcio de Aguas de La Zona Gaditana al que pertenece Chiclana. El objetivo es conseguir una reducción del 20% del consumo de agua en el municipio. El grueso de estas medidas se recogen el en presente bando:

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Decreto 178/2021 de regulación de indicadores de sequía y medidas excepcionales para la gestión de recursos hídricos

(VER MODIFICACIONES EN EL DECRETO-LEY 2/2024)

Este decreto recoge las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía y establece las medidas a aplicar en situación de excepcional sequía con escasez severa, como la activada por la orden del 24 de octubre de 2023. 
 Así, en el artículo 5 del Capítulo 2, se prohíbe la utilización de los recursos hídricos aptos para el consumo humano para los siguientes usos: baldeo de calles, llenado de piscinas privadas, riego de jardines, parques públicos y privados, campos de golf, lavado de coches fuera de los establecimientos autorizados, fuentes ornamentales que no dispongan de circuito cerrado de agua, duchas y surtidores públicos. El agua no apta para el consumo humano podrá utilizarse para el riego de supervivencia de jardines, parques públicos y campos de golf, quedando restringido a una dotación máxima de 200 metros cúbicos por hectárea y mes.

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Orden de la Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para la declaración de situación de excepcional sequía.

La Consejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha declarado el pasado 24 de octubre la situación de excepcional sequía en la cuenca hidrógráfica a la que pertenece el municipio de Chiclana de la Frontera. La orden publicada en el BOJA contempla además la adopción de una serie de medidas que se relacionan en la Orden siguiente:

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Plan de Gestión de Riesgos por Sequía

El municipio de Chiclana cuenta desde marzo de 2022 con un Plan de Gestión de Riesgo por Sequía, cuyo objetivo es determinar qué acciones se llevarán a cabo durante posibles episodios de escasez de agua en la localidad.  Chiclana Natural, en colaboración con Aeopas, redactó este documento participado y consensuado por toda la ciudadanía y los sectores sociales y económicos.

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Plan Local de Agua Regenerada

La utilización del agua regenerada en la localidad de Chiclana de la Frontera ha servido como pilar básico para el desarrollo de la actividad turística asociada a los campos de golf existentes, así como para el riego de zonas verdes, reduciendo consumos de agua subterránea y el estrés al que se someten los acuíferos. El Ayuntamiento de Chiclana aprobó en abril de 2023 un Plan Local de Agua Regenerada consensuado con la ciudadanía y los agentes económicos y sociales de la ciudad que supone un nuevo paso adelante en la gestión sostenible del agua en el municipio. 

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