- Cita previa
- Registro de entrada virtual / Solicitud genérica
- Acceso web para clientes y proveedores
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Trámites y procedimientos: Delegación de Medio Ambiente
Las cuestiones relacionadas con los animales abandonados pueden tramitarse a través de la la WEB del Centro de Protección Animal Bahía de Cádiz de la Mancomunidad de Municipios:
Centro de Protección Animal Bahía de Cádiz Teléfono : 856 58 95 50 Email: cpabahiadecadiz@athisa.es
- De Procesionaria: Llamando al teléfono: 900 925 140: (Ver tríptico)
- De Picudo Rojo: Llamando al teléfono 900 925 140 o enviando correo electrónico a medioambiente@chiclananatural.com. (Ver tríptico)
Presentar solicitud en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, ya sea de forma presencial o por ventanilla virtual.
Presentar solicitud en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en el de Chiclana Natural S.A.
Contactar con la Policía Local o presentar escrito en el Registro de Entrada del Ayuntamiento.
Para denuncias de parcelas en mal estado se ha de presentar solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, ya sea de forma presencial o mediante Ventanilla Virtual aportando la siguiente información:
- DNI.
- Plano de situación de la parcela denunciada
- Toda la información posible que pueda facilitar la identificación de la titularidad de la misma.
Presentar solicitu en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, ya sea de forma presencial o por ventanilla particular, donde se indiquen los motivos de la tala o poda.
A fin de conservar y mejorar el medio ambiente, todo promotor de obra nueva deberá, a los efectos de considerar la parcela con la condición de solar y con independencia de las obligaciones derivadas del deber de urbanizar, plantar una especie arbórea por cada fracción de 20 metros cuadrados edificables en el frente de la parcela. Cuando las circunstancias concurrentes aconsejaran posponer la plantación, ésta se llevará a cabo en la zona indicada por los Servicios Municipales, que publicará una tabla de equivalencias de especies arbóreas, tomándose como unidad la acacia. Esta obligación podrá sustituirse por su equivalente económico para su ejecución subsidiaria por la Administración, valorándose en base al índice según especie o variedad establecido en la Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.
Los patios de manzanas deberán ajardinarse al menos en cincuenta por ciento (50%) de su superficie y urbanizarse íntegramente.Puedes inscribirte completando este formulario.